¿Chelitas banqueteras? Esto podrías pagar de multa por consumir alcohol en vía pública en Veracruz

Si eres de los que toman alcohol en vía pública deberías tomar en cuenta, las multas debido a que esta actividad está prohibida en México incluyendo Veracruz

Israel Pérez
Noticias
Consumir alcohol en vía pública
Créditos: Unsplash|Des Récits|@desrecits

En México, el consumo de alcohol en vía pública está prohibido, por lo que si eres de las personas que acostumbra a tomar tus chelitas o caguamas banqueteras deberás tener en cuenta que puedes ser multado, esto incluye al estado de Veracruz.

De acuerdo con el último censo de INEGI, tan solo en la Ciudad de México se registraron 88,002 infracciones por consumo bebidas alcohólicas en lugares públicos. Es que los cuerpos de seguridad reciben estas quejas dándole seguimiento.

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El artículo 25 en su fracción V de la ley de Cultura Cívica cataloga a estas como faltas cívicas o administrativas mencionando que “Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados o consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos”.

¿Cuáles son las sanciones por ser atrapado consumiendo alcohol en vía pública?

Por lo que si eres atrapado consumiendo alcohol en vía pública; podrías ser multado e incluso ser arrestado un par de horas; los expertos recomiendan que al ser sorprendido consumiendo bebidas alcohólicas se debe tener una reacción pacifica para evitar más cargo.

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Las sanciones por consumir alcohol en espacios públicos ronda entre 21 y 30 Unidades de Medida, o arresto de 25 a 36 horas, o trabajo comunitario de 12 a 18 horas, mientras que la sanción económica anda alrededor de hasta 2 mil 688 pesos, aunque esto puede variar en cada estado.

Multas por consumir en estado de ebriedad en Veracruz

Cabe mencionar que de acuerdo con tabulador de infracciones, que a su vez se basa en el artículo 333 del reglamento de la ley 561 de tránsito y seguridad vial del estado de Veracruz, se considera grave el “Conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes u otras sustancias tóxicas o psicotrópicas”.

En dicha ley se menciona que al ser detenido por conducir bajo los efectos del alcohol, se determinan los límites del consumo con una “prueba, el control o test de alcoholemia (BAC) o la prueba respiratoria practicada por la autoridad”, según sea el resultado las autoridades darán paso al procedimiento y protocolos debido a las pruebas del consumo mínimo y máximo.

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Desde marzo del 2020, mediante el decreto de la reforma a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, se dio a conocer la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como la medida para definir la multas y sus montos a pagar, esto para sancionar a los conductores para manejar en estado de ebriedad.

En 2023, la multa por manejar en estado de ebriedad anda de 80 a 115 UMA, es decir, entre $8,299.2 y $11.930.1, debido que la UMA tiene un costo de $103.74.

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